El Servicio Local de Educación Pública debe proveer una oferta educativa acorde a las definiciones del currículum nacional y los principios de la educación pública.
Los comités directivos, consejos locales y actores de las comunidades educativas, deberán crear un plan estratégico e implementar un sistema de monitoreo y seguimiento del progreso de los aprendizajes de cada uno de los estudiantes, que fomente una cultura orientada al aprendizaje, la autoevaluación y la mejora educativa permanente.

