Dirigir, organizar, administrar y gestionar el Servicio Local, velando por la mejora continua de la calidad de la educación pública en el territorio de su competencia. Además, le corresponde elaborar e implementar el “Plan Estratégico Local de Educación Pública”. También entre sus funciones está contratar y designar al personal del Servicio Local y de los profesionales de la educación, asistentes de la educación y otros profesionales de los establecimientos educacionales de su dependencia.
Los Directores(as) de los Servicios Locales son nombrados por el presidente de la República, mediante un concurso de Alta Dirección Pública, en el cual participa el Comité Directivo Local de cada Servicio Local. Este director(a) durará seis años en su cargo. Su nombramiento se podrá renovar por una sola vez y debe rendir cuenta por su gestión en el mes de abril de cada año.

